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A partir del 01.04.2018 se aumenta la Remuneración Mínima Vital ¿Como nos beneficia?


Antes de oficializar su renuncia el presidente de la república aprobó el Decreto Supremo N° 004-2018-TR, el cual ha sido publicada el día de hoy 22.03.2018 en el diario oficial El PEruano, con el cual se incrementa la Remuneración Mínima Vital (RMV) en S/ 80.00 (ochenta y 00/100 Soles) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, con lo que la RMV pasará de S/ 850.00 (ochocientos cincuenta y 00/100 Soles) a S/ 930.00 (novecientos treinta y 00/100 Soles); incremento que tendrá eficacia a partir del 01.04.2018. Sin embargo, tratándose de las Microempresas inscritas en la REMYPE el cambio operará recién a partir del 01.05.2018.

Ahora bien, ¿en que afecta este cambio? Pues bien, al menos en los siguiente:

Asignación familiar

La Asignación familiar pagada a una persona es un beneficio para aquellos que tienen a su cargo uno o más hijos menores de 18 años pudiendo ampliarse excepcionalmente hasta los 24 años si es que el hijo estuviese haciendo estudios superiores o universitarios. Es el 10% del monto de la RMV vigente, es decir pasa de S/ 85.00 a de S/ 93.00, un incremento en S/ 8.00.

Pago Mínimo por Trabajo Nocturno

Los trabajadores que laboran entre las 10pm y las 6am (horario nocturno) no pueden recibir un pago semanal, quincenal o mensual menor a la RMV vigente a la fecha incrementada en 35%. En ese sentido, el pago se ajustará de S/ 297.50 a 325.50, un incremento en S/28.00. 

Régimen Agrario

La remuneración diaria de los trabajadores agrarios que incluye la CTS y Gratificaciones, también se actualizará en el mismo porcentaje que la RMV. Es decir, ha pasado de S/850.00 a S/930.00 es decir un 9.41% adicional. En este caso la remuneración mínima del personal agrario será de S/ 36.29 por día.

Regímenes Especiales

Al igual que la remuneración mínima de los periodistas, la de los mineros se calcula en función de la RMV. En el caso de los periodistas el monto es equivalente a tres mínimos es decir, S/ 2,790.00 (por ley) y en el caso de los mineros de igual forma pasaría a incrementarse en un 25% es decir, S/ 1,162.50 también por ley.

Modalidades Formativas Laborales


En el caso de los convenios relativos a las modalidades de formación laboral, concretamente de aprendizaje, práctica profesional, capacitación laboral juvenil y pasantía, percibirán una subvención mensual no menor a una RMV.

Aporte a Es Salud

El aporte al EsSalud de los trabajadores en actividad, que equivale al 9% de la remuneración o ingreso, y cuya base imponible mínima mensual no puede ser menor a una Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente, pasa de S/76.50 a S/ 83.70, un aumento de S/7.20.

Tratándose de trabajadores pesqueros equivale al 9% de la remuneración y cuya base imponible mínima mensual del aporte a cargo del armador, será de 4.4 RMV vigente el último día del mes, pasa de S/ 3740.00 a S/ 4092.00, aumenta en S/352.00.

La Decreto Supremo publicado en el diario oficial El Peruano, la puedes descargar desde el siguiente link: Clic Aquí.

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A partir del 01.04.2018 se aumenta la Remuneración Mínima Vital ¿Como nos beneficia? A partir del 01.04.2018 se aumenta la Remuneración Mínima Vital ¿Como nos beneficia? Reviewed by https://escenariotributario.blogspot.com/ on 22 marzo Rating: 5

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