Libro de Inventarios y Balances Electrónico – Detalle de la Cuenta 12 Cuentas por Cobrar Comerciales –Terceros y 13 Cuentas por Cobrar Comerciales –Relacionadas
Continuando
con nuestros artículos vinculados al Libro de Inventarios y Balances (Clic Aquí para ver más artículos) en esta oportunidad comentaremos el detalle de
la cuentas por cobrar de la cuenta 12 vinculada a terceros y la 13 a relacionadas.
Así
mismo, se debe dejar en claro que la naturaleza del Libro de Inventarios y
balances es demostrar los saldos
al 31 de diciembre del ejercicio por el cual se elabora. De tal forma que no se
hace necesario indicar todas las transacciones que se tuvieron a lo largo del
ejercicio sino de aquellas que a la fecha del mismo aún se encuentren
pendientes de pago.
Pese a ello, no significa que se deba consolidar todas las
operaciones en una sola línea como se hacía anteriormente, ya que en la nueva
versión del PLE se exige el dato del CUO, número correlativo del asiento y la
fecha de emisión o referencia del comprobante de pago, lo que lleva a que a más
de un cliente pueda considerarse en más de una línea si fuera el caso.
Detalle de Campos
Periodo.-
En este campo se
indica el último día del ejercicio por el cual corresponde el envío y se mantiene
saldos pendientes de cobro. El formato que se aplica es AAAAMMDD.
Donde:
AAAA=Año
MM=Mes
que va de 01 a 12 y
DD=
31
Para
el ejercicio 2016 este campo irá: 20161231
CUO.- Este campo es la llave única o clave
única o clave primaria del software contable que identifica de manera unívoca
el asiento contable. Debe ser el mismo consignado en el Libro Diario. Ahora
bien, dado que se va informar saldos, se debe referenciar al CUO que dio origen
a la transacción económica dentro del ejercicio.
Ahora
bien en relación al libro diario electrónico señalado en el párrafo anterior,
es preciso indicar que de acuerdo al numeral 4 del art. 13 de la Resolución de
Superintendencia N° 286-2009/SUNAT[1] y modificatorias, deberá incluir
los asientos de:
(i)
Apertura del ejercicio gravable.
(ii)
Operaciones del mes.
(iii)
Ajuste de operaciones de meses anteriores, de ser el caso.
(iv)
Ajustes de operaciones del mes.
(v)
Cierre del ejercicio gravable.
Este
tema es importante, ya que tratándose de saldos de ejercicios anteriores a la presentación
de este libro estos serán trasladados al ejercicio siguiente a través del
asiento de apertura.
Lo
que implica que para saldos de ejercicios anteriores que aún estén pendientes
de pago al siguiente ejercicio por el cual se reporta el libro de inventarios y
balances el CUO que le corresponde será el del asiento de apertura. En ese
mismo orden de ideas, para los saldos generados en el ejercicio y que aún estén
pendientes de pago al 31 de diciembre estos serán reportados con CUO´S del
Período.
Número
correlativo del asiento contable.- Considerando que el CUO puede ser de apertura o de
movimiento el legislador precisa que en este campo se debe anotar de acuerdo a
lo siguiente:
Si
es de un asiento de apertura el primer dígito de este campo debe ser: "A",
Si
corresponde a una operación del período o ajustes de un determinado mes debe
ser "M".
No
obstante, la Administración Tributaria se pone en un supuesto adicional e indica que para el asiento de
cierre esta se deba reportar con “C”. Sin embargo, es remota la posibilidad de
que en este tipo de asientos se generen saldos de cuentas por cobrar, pero el
legislador se pone en todos los supuestos considerando además que toda la
información se debiera obtener desde los sistemas contables del contribuyente.
Tipo
y número de Documento de Identidad del Cliente.- En estos campos se identifica al
cliente con su respectivo número y con su tipo de documento que le corresponda
de acuerdo a la tabla 2 del Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N°
286-2009/SUNAT y modificatorias:
N°
|
DESCRIPCIÓN
|
0
|
OTROS
TIPOS DE DOCUMENTOS
|
1
|
DOCUMENTO
NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)
|
4
|
CARNET
DE EXTRANJERIA
|
6
|
REGISTRO
ÚNICO DE CONTRIBUYENTES
|
7
|
PASAPORTE
|
A
|
CÉDULA
DIPLOMÁTICA DE IDENTIDAD
|
Apellidos
y Nombres, Denominación o Razón Social del cliente.- Además de los datos del número y tipo
de documento se identifica al cliente con su nombre o razón social de
corresponder.
Fecha
de emisión o fecha de referencia del Comprobante de Pago.- Se debe indicar la fecha en el cual
se emitió el comprobante de pago. Tratándose de la divisionaria 1211 y 1311 Facturas,
boletas y otros comprobantes por cobrar no emitidas deberán indicar una fecha
default 01/01/0001 para efectos de validación.
Monto
de cada cuenta por cobrar del cliente.- Se debe indicar el importe del saldo al 31.12 del
ejercicio que corresponde el envío de acuerdo al CUO que corresponda. Se
aceptan hasta 12 enteros y dos decimales. La regla general es que sea positivo,
sin embargo puede ser negativo tratándose de los anticipos. Ello sin perjuicio
de que a nivel del estado de situación financiera se muestre como cuentas por
pagar para efectos de presentación.
Estado
de la Operación.-
Registrar
'1' cuando la operación corresponde al periodo.
Registrar
'8' cuando la operación corresponde a un periodo anterior y NO ha sido anotada
en dicho periodo.
Registrar
'9' cuando la operación corresponde a un periodo anterior y SI ha sido anotada
en dicho periodo."
Caso Práctico:
Bloc de Notas:
Validación el el PLE:
Escenario tributario es impulsado por JL Tax Consulting, Síguenos en Facebook como: JL TAX CONSULTING
[1]
Disposición que regula la implementación del llevado de determinados libros y
registros vinculados a asuntos tributarios de manera electrónica, publicada el
31 de Diciembre del 2009.
Libro de Inventarios y Balances Electrónico – Detalle de la Cuenta 12 Cuentas por Cobrar Comerciales –Terceros y 13 Cuentas por Cobrar Comerciales –Relacionadas
Reviewed by https://escenariotributario.blogspot.com/
on
30 marzo
Rating:
No hay comentarios.: