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Aplazan entrada en vigencia de la Versión UBL 2.1 de comprobantes electrónicos


Mediante la Resolución de Superintendencia N° 117-2017/SUNAT publicada el 11.05.2017 se creo la nueva versión de la factura electrónica en el formato estándar UBL 2.1 y se indicaba que su uso sería obligatorio desde el 01.01.2018. Sin embargo, a través de la Resolución de Superintendencia N° 287-2017/SUNAT de fecha 10.11.2017, se indicó que la obligación sería a partir del 01.07.2018.

Ahora bien, el día 29.06.2018 se ha publicado en el diario oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 164-2018/SUNAT que establece la posibilidad de seguir utilizando la versión UBL 2.0 incluso hasta el 28.02.2018, y se señala como sustento:
Que es preciso ampliar la fecha hasta la cual el emisor electrónico que emplea el SEE - OSE puede optar por alguna de las versiones de aquel formato a efecto que, por lo menos, por un lapso de tiempo continúe empleando el mismo formato que venía usando en el SEE - Del contribuyente, si así lo desea; además es necesario modificar la normativa de este último sistema para que se use la misma versión del estándar que se emplea en el SEE - OSE
 Plazo de uso obligatorio

Se establece que la nueva versión de UBL es obligatoria a partir del 01.10.2018 para todos los contribuyentes que sean nuevos emisores a partir de dicha fecha y desde el 01.03.2019 a todos los emisores electrónicos anterior al 01.10.2018. En el siguiente gráfico lo exponemos en una línea de tiempo:



La Resolución de Superintendencia en el diario oficial El Peruano, la puedes descargar desde el siguiente link: 



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